Ruth Salazar
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Código Penal aprobada por el Congreso de San Luis Potosí, para castigar con hasta cinco años de prisión los “mensajes intimidatorios”.
Mediante el documento con número 65/2026 presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la CNDH advirtió que la aplicación discrecional de ese delito pone en riesgo la libertad de expresión.
En su argumentación, la CNDH detalló que la acción se presentó en contra del artículo 170 Ter, inciso b), del Código Penal de San Luis Potosí, debido a que el delito “mensajes intimidatorios”, ostenta una configuración normativa indeterminada y sumamente amplia ocasionando una aplicación discrecional en detrimento del derecho a la seguridad jurídica, toda vez que no permite discernir con claridad lo que es lícito y lo que resulta ilícito, en menoscabo de la libertad fundamental de expresión.
El pasado 23 de abril, el pleno del Congreso del Estado aprobó el decreto que adiciona el capítulo “Mensajes Intimidatorios”, y se establece que se impondrá una sanción de dos a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 UMA, a quien elabore, coloque, difunda o exhiba públicamente y por cualquier medio, mensajes que contengan una amenaza expresa, directa y verificable de causar un daño grave a la vida, integridad personal, libertad o seguridad de una colectividad, grupo de personas o autoridades.
La reforma se derivó de una iniciativa presentada por la diputada de Partido del Trabajo, Leticia Vázquez Hernández. Las comisiones legislativas que revisaron la propuesta, descataron incorporarla dentro del delito de “amenazas” y optaron por la creación de un nuevo tipo penal denominado: “mensajes intimidatorios”.
Durante el debate en la Comisión Primera de Justicia, el legislador de Morena, Carlos Arreola Mallol, señaló que la redacción del tipo penal y su posible aplicación podría generar interpretaciones discrecionales por parte de la autoridad judicial y rebasar límites de la libertad de expresión, por ello manifestó sus reservas y se abstuvo de votar.
“Puede que lleguemos a dejarle a un juez demasiado abierto o demasiado a interpretación sobre todo cuando se habla de elaborar, colocar, difundir, exhibir públicamente y por cualquier medio, un tipo de mensaje”, expuso.
Con esta reforma, el Legislativo buscaba sancionar la colocación de “narcomantas” porque afectan “el orden y la paz pública”, preocupación que comparte la CNDH, sin embargo, expone que derivado del análisis constitucional se advierte una previsión demasiado amplia e indeterminada, en perjuicio del derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, cuyo efecto impacta en detrimento de la libertad fundamental de expresión.

