Ruth Salazar
A pesar del veto que el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, impuso a las reformas a la Ley Electoral de San Luis Potosí en materia de paridad de género, que en un artículo transitorio obligaba a todos los partidos políticos a postular a una mujer a la gubernatura para el proceso electoral 2027, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila invalidar el resto de las reformas a los artículos que imponían la alternancia de género en las candidaturas a partir del 2033.

De acuerdo con el proyecto de resolución elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, que se votará en el Pleno el próximo 28 de septiembre, se propone declarar la invalidez de la regla de alternancia de género obligatoria. Esta norma, obligaba a los partidos políticos y coaliciones a postular a la gubernatura a una persona de género distinto al que registraron en la elección inmediata anterior, con la posibilidad de poder volver a postular a una persona del género femenino como acción afirmativa.
De acuerdo con la ley impugnada mediante dos acciones de inconstitucionalidad, presentadas por la dirigencia estatal de Morena y el Poder Ejecutivo Federal, esta alternancia aplicaría forzosamente a partir del proceso electoral 2032-2033, sin embargo, el proyecto de la ministra Batres invalida todos los artículos reformados a partir de los siguientes argumentos:
En primer lugar, que el Congreso local rebasó sus límites legales al crear una regla de alternancia rígida que no está contemplada en la Constitución Federal.
Asimismo, que con estas reformas se restringe el derecho de las personas a ser votados, ya que al obligar a un partido a postular a un género en específico basándose en el pasado excluye de manera automática y absoluta a las personas del otro género, lo que restringe el derecho humano a ser votado en condiciones de igualdad.
Finalmente, la injerencia en la vida interna de los partidos políticos, ya que la medida interfiere en el derecho de autodeterminación y autoorganización de los partidos políticos, ya que la nueva ley decide por ellos quién puede o no ser postulado, afectando sus procesos democráticos internos.

