La Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) entregó este lunes la respuesta a la recomendación 10/2026 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), en la que se establece la no aceptación de lo resuelto por el organismo.
La respuesta fue entregada por la abogada General de la UASLP, Urenda Queletzú Navarro Sánchez, en su carácter de representante legal delegada en asuntos judiciales y contenciosos de la institución, luego de la resolución tomada por el Consejo Directivo Universitario la semana pasada.
En el oficio OAG/1876/2026, recibido por la CEDH a las 13:53 horas de este lunes, se detallaron las razones por las que se determinó la no aceptación de la recomendación en la que se señala como víctima al diputado Héctor Serrano Cortés.
Entre las observaciones, la UASLP señaló que la CEDH, en una primera instancia, tramitó de oficio una queja sin cumplir con las formalidades previstas en el numeral 88 del Reglamento Interno de eso organismo, pero al emitir la recomendación, “pretendió subsanar la primera omisión señalada por la autoridad para incurrir en otra, la falta de traslado del escrito y terminar de convalidar que al no correr traslado la queja se había aperturado de oficio irregularmente”.
Asimismo, rechazó que las declaraciones del rector de la UASLP, Alejandro Javier Zermeño Guerra, respecto al lugar de origen y escolaridad del diputado se puedan equiparar con actos de autoridad o con discursos de odio, sino como un discurso de rechazo o expresión chocante.
En el documento, se detalló que la UASLP “lamenta y externa su profunda preocupación por la evidente degradación institucional y la pérdida de rigor técnico en la que ha incurrido la Comisión Estatal de Derechos Humanos”, pues se detalla que la recomendación no solo carece de un análisis metodológico elemental conforme a los estándares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “sino que pone de manifiesto una alarmante instrumentalización del aparato protector de los derechos humanos para dirimir disputas políticas ordinarias de naturaleza horizontal y propias del debate público”.
La institución universitaria consideró que la emisión de una recomendación por presuntas violaciones a la “honra y buen nombre” de un legislador en funciones, quien inició activamente el debate mediático imputando opacidad presupuestal a esta institución, “demuestra la claudicación de la objetividad jurídica por parte de éste Organismo, pues como ha quedado demostrado en el test de proporcionalidad desarrollado en este documento, la CEDH omitió deliberadamente la aplicación obligatoria del sistema dual de protección establecido por la extinta Primera Sala de la SCJN”.
Subrayó que lejos de actuar como un órgano técnico imparcial, la Comisión pretendió subsanar de forma contumaz sus propias deficiencias procesales con el único fin de obsequiar una resolución favorable a un actor político. “Equiparar una réplica inadecuada de carácter institucional (ad hominem) con un ´discurso de odio´, evidencia que la investigación de la Comisión no se rigió por la ciencia del Derecho, sino por la complacencia política”.
Asimismo, la UASLP consideró social y éticamente inaceptable que, en un contexto estatal caracterizado por crisis estructurales de violencia, desaparición de personas, violaciones graves a los derechos de las mujeres, deficiencias críticas en el sistema de salud pública y abusos sistémicos de autoridades contra ciudadanos de a pie, “la CEDH decida desviar e invertir sus limitados recursos materiales, humanos y financieros en la confección de una recomendación fast-track para proteger a un servidor público de alto nivel que cuenta con todas las tribunas del Estado y los medios de comunicación para defenderse por sí mismo”.
Advirtió que la focalización selectiva del organismo protector de los derechos humanos deprime la dignidad de la institución y degrada su función constitucional. “Mientras cientos de quejas ciudadanas que involucran tragedias humanas legítimas y víctimas en situaciones de vulnerabilidad estructural padecen el rezago administrativo o la indiferencia burocrática, la Comisión Estatal apresura sus procesos para erigirse en un tribunal de honor privado al servicio de la clase política”.
La UASLP dio a conocer que como institución autónoma y garante del pensamiento crítico, “no puede convalidar una resolución que desnaturaliza el sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos. El uso de la investidura de la CEDH para blindar a los gobernantes frente al desdén o la crítica áspera de las instituciones autónomas no solo pervierte el texto del artículo 1° Constitucional, sino que degrada la confianza ciudadana en un organismo que prefiere actuar como escudo de los servidores públicos antes que como defensor del pueblo”.

