Iraís Valenciano
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé reconocer la validez de la reforma electoral impugnada por el partido político Somos y el gobierno federal, respecto a los controles de control y confianza para las candidaturas en San Luis Potosí.
El proyecto de sentencia que presentará el ministro ponente Arístides Rodrigo Guerrero García, corresponde a la acción de inconstitucionalidad 94/2026 y su acumulada 98/2026.
El partido político Somos y el Poder Ejecutivo Federal promovieron acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la legislación de San Luis Potosí en materia electoral, porque considerar que se emitieron incumpliendo las reglas del procedimiento legislativo e invaden la esfera de la Federación al regular que las personas candidatas se pueden someter voluntariamente a controles de confianza.
Sin embargo, tras el análisis del caso, se concluyó que las reformas aprobadas por los legisladores locales son constitucionales porque no era necesario realizar una consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a personas con discapacidad, porque no incidían directamente en los derechos de los grupos señalados.
Asimismo, se determinó que el decreto se publicó con más de 90 días de anticipación al inicio del proceso electoral, por lo que se cumplió con el plazo establecido, y respecto a las evaluaciones de control de confianza para las candidaturas, se recalcó que éstas son voluntarias, por lo que no constituyen un requisito de elegibilidad y no invaden las competencias federales.
El caso será tratado durante la sesión de este martes 3 de noviembre, y se prevé que las acciones de inconstitucionalidad sean declaradas como infundadas por la Suprema Corte, lo que dejaría firme la validez del Decreto 0571.

